Resumen del Artículo veintidós

Artículo veintidós del Estatuto de Autonomía para Asturias (EAAst) — Los órganos institucionales del Principado de Asturias son la Junta General, el Consejo de Gobierno y el Presidente.

EAAstVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo veintidós

Los órganos institucionales del Principado de Asturias son la Junta General, el Consejo de Gobierno y el Presidente.

Norma publicada: 30 de diciembre de 1981

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo veintidós

¿Qué dice el Artículo veintidós del EAAst?

Los órganos institucionales del Principado de Asturias son la Junta General, el Consejo de Gobierno y el Presidente.

¿El Artículo veintidós del EAAst está vigente?

El artículo veintidós del EAAst está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo veintidós dentro del EAAst?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía para Asturias.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo veintidós?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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