Resumen del Artículo Disposición adicional tercera

Artículo Disposición adicional tercera del Estatuto de Autonomía de Aragón (EAAra) — Disposición adicional tercera. La aceptación del régimen de autonomía que se establece en el presente Estatuto no implica la renuncia del pueblo aragonés a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia, los que podrán ser actualizados de…

EAAraVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo Disposición adicional terceraDisposición adicional tercera

Disposición adicional tercera.

La aceptación del régimen de autonomía que se establece en el presente Estatuto no implica la renuncia del pueblo aragonés a los derechos que como tal le hubieran podido corresponder en virtud de su historia, los que podrán ser actualizados de acuerdo con lo que establece la disposición adicional primera de la Constitución.

Norma publicada: 20 de abril de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional tercera

¿Qué dice el Artículo Disposición adicional tercera del EAAra?

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¿El Artículo Disposición adicional tercera del EAAra está vigente?

El artículo Disposición adicional tercera del EAAra está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición adicional tercera dentro del EAAra?

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