Artículo 56
1. El Gobierno de Aragón cesa cuando lo hace su Presidente.
2. El Gobierno de Aragón cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.
Norma publicada: 20 de abril de 2007
Resumen del Artículo 56
Artículo 56 del Estatuto de Autonomía de Aragón (EAAra) — Cese. 1. El Gobierno de Aragón cesa cuando lo hace su Presidente. 2. El Gobierno de Aragón cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.
1. El Gobierno de Aragón cesa cuando lo hace su Presidente.
2. El Gobierno de Aragón cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.
Norma publicada: 20 de abril de 2007
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Cese. 1. El Gobierno de Aragón cesa cuando lo hace su Presidente. 2. El Gobierno de Aragón cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.
El artículo 56 del EAAra está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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