Resumen del Artículo 244

Artículo 244 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (EAAnd) — Participación en foros y encuentros. La Comunidad Autónoma participará en los foros y encuentros de colaboración entre el Estado español y los países fronterizos con Andalucía.

EAAndVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 244

La Comunidad Autónoma participará en los foros y encuentros de colaboración entre el Estado español y los países fronterizos con Andalucía.

Norma publicada: 19 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 244

¿Qué dice el Artículo 244 del EAAnd?

Participación en foros y encuentros. La Comunidad Autónoma participará en los foros y encuentros de colaboración entre el Estado español y los países fronterizos con Andalucía.

¿El Artículo 244 del EAAnd está vigente?

El artículo 244 del EAAnd está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 244 dentro del EAAnd?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 244?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.