resolucionVigente

Entrada en vigor del Convenio de Extradición entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, hecho «Ad Referendum» en Madrid el 12 de septiembre de 2006.

BOE-A-2025-15042·21 de julio de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Entrada en vigor del Convenio de Extradición entre España y Mauritania, firmado en 2006. Afecta a ambos estados y regula los procedimientos de extradición entre ellos. El convenio entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, tras la notificación del cumplimiento de los requisitos constitucionales de ambos países.

El Convenio de Extradición entre el Reino de España y la República Islámica de Mauritania, hecho en Madrid el 12 de septiembre de 2006, entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, el primer día del segundo mes siguiente a la fecha de la última notificación de cumplimiento de las formalidades constitucionales requeridas en cada uno de los dos Estados, según se establece en su artículo 26.

Se completa así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 267, de 8 de noviembre de 2006.

Madrid, 15 de julio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.