resolucionVigente

Entrada en vigor del Acuerdo entre España y Francia relativo a la oficina de controles nacionales yuxtapuestos de Biriatou, hecho en Madrid el 13 de noviembre de 2006.

BOE-A-2009-5925·9 de abril de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un anuncio oficial del Gobierno de España que informa sobre la entrada en vigor del "Acuerdo entre España y Francia relativo a la oficina de controles nacionales yuxtapuestos de Biriatou", firmado en Madrid el 13 de noviembre de 2006. El objeto principal del anuncio es comunicar a la ciudadanía y a las autoridades competentes que el acuerdo bilateral ha cumplido con todos los requisitos necesarios para su implementación y que, por lo tanto, es legalmente vinculante. Este anuncio afecta principalmente a las autoridades españolas y francesas responsables de la gestión de la frontera en Biriatou, así como a las personas y mercancías que transitan por dicho punto fronterizo. Indirectamente, afecta al comercio y al transporte internacional entre España y Francia. Las disposiciones más relevantes son: Fecha de entrada en vigor: El acuerdo entró en vigor el 11 de abril de 2009. Base legal: La entrada en vigor se basa en el artículo 6 del propio acuerdo, que establece que entrará en vigor dos meses después de la recepción de la segunda notificación de cumplimiento de los requisitos constitucionales por ambas partes. Publicación oficial:** Se complementa la publicación inicial del acuerdo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 309, de 27 de diciembre de 2006, asegurando la transparencia y el conocimiento público del mismo. En resumen, el anuncio oficial confirma que el acuerdo bilateral entre España y Francia para la creación y funcionamiento de una oficina de controles nacionales yuxtapuestos en Biriatou está en pleno vigor, lo que implica la aplicación de las medidas y procedimientos acordados para la gestión coordinada de la frontera en ese punto específico.

El Acuerdo entre España y Francia relativo a la oficina de controles nacionales yuxtapuestos de Biriatou, hecho en Madrid el 13 de noviembre de 2006, entra en vigor el 11 de abril de 2009, dos meses después a contar desde el día siguiente al de la recepción de la segunda notificación de cumplimiento de los respectivos requisitos constitucionales, según se establece en su artículo 6.

Lo que se hace público para conocimiento general, completando así la inserción efectuada en el «Boletín Oficial del Estado» número 309, de 27 de diciembre de 2006.

Madrid, 31 de marzo de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio Cosano Pérez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.