Resumen del Artículo Disposición transitoria décimo segunda

Artículo Disposición transitoria décimo segunda del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (codigo) — Disposición transitoria décimo segunda. La conservación de urbanizaciones. Las obras y los servicios de urbanización cuya conservación se encuentre encomendada, a la entrada en vigor de esta Ley, a entidades urbanísticas con tal finalidad u objeto continuarán siendo conservadas…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición transitoria décimo segundaDisposición transitoria décimo segunda

Disposición transitoria décimo segunda. La conservación de urbanizaciones.

Las obras y los servicios de urbanización cuya conservación se encuentre encomendada, a la entrada en vigor de esta Ley, a entidades urbanísticas con tal finalidad u objeto continuarán siendo conservadas con arreglo al mismo régimen, sin que les sea de aplicación lo dispuesto en el número 1 del artículo 135.

Norma publicada: 28 de febrero de 2023

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria décimo segunda

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