Artículo 81
La concesión del derecho de superficie, así como su carácter oneroso, se regirán por las mismas reglas establecidas en la Sección anterior para los patrimonios públicos de suelo.
Norma publicada: 28 de febrero de 2023
Resumen del Artículo 81
Artículo 81 del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. (codigo) — La concesión del derecho de superficie. La concesión del derecho de superficie, así como su carácter oneroso, se regirán por las mismas reglas establecidas en la Sección anterior para los patrimonios públicos de suelo.
La concesión del derecho de superficie, así como su carácter oneroso, se regirán por las mismas reglas establecidas en la Sección anterior para los patrimonios públicos de suelo.
Norma publicada: 28 de febrero de 2023
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El artículo 81 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III › Sección 2.
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