Resumen del Artículo 4

Artículo 4 del Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón. (codigo) — Principios. Constituyen principios de la política turística de la Comunidad Autónoma: a) Impulsar el turismo en cuanto sector estratégico de la economía aragonesa. b) Promover Aragón como destino turístico integral. c) Fomentar el turismo para lograr un mayor equilibrio entre…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 4

Constituyen principios de la política turística de la Comunidad Autónoma:

a) Impulsar el turismo en cuanto sector estratégico de la economía aragonesa.

b) Promover Aragón como destino turístico integral.

c) Fomentar el turismo para lograr un mayor equilibrio entre las comarcas aragonesas, conforme a lo establecido en la legislación y directrices de ordenación territorial y de protección del medio ambiente.

d) Proteger el patrimonio natural y cultural y los demás recursos turísticos de la Comunidad Autónoma, conforme al principio del desarrollo turístico sostenible. En especial, se impulsará la gastronomía aragonesa como recurso turístico.

e) Potenciar el turismo rural como factor esencial del desarrollo local.

f) Ordenar y coordinar las competencias de las diferentes Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma sobre turismo.

g) Incrementar la calidad de la actividad turística y la competitividad de los establecimientos turísticos.

h) Garantizar el ejercicio por los turistas de sus derechos, así como el cumplimiento de sus deberes.

i) Asegurar a las personas con limitaciones físicas o sensoriales la accesibilidad y la utilización de los establecimientos y recursos turísticos.

j) Impulsar la mejora y modernización de los establecimientos y equipamientos turísticos como medio de obtener una mayor calidad adecuada a la demanda.

Norma publicada: 26 de julio de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 4

¿Qué dice el Artículo 4 del codigo?

Principios. Constituyen principios de la política turística de la Comunidad Autónoma: a) Impulsar el turismo en cuanto sector estratégico de la economía aragonesa. b) Promover Aragón como destino…

¿El Artículo 4 del codigo está vigente?

El artículo 4 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 4 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 4?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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