Resumen del Artículo 33

Artículo 33 del Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón. (codigo) — Clases de empresas turísticas. Las empresas turísticas pueden ser: a) Empresas de alojamiento turístico. b) Empresas de intermediación. c) Complejos turísticos. d) Empresas de restauración. e) Empresas de turismo activo. f) Cualesquiera otras que presten servicios turísticos y…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 33

Las empresas turísticas pueden ser:

a) Empresas de alojamiento turístico.

b) Empresas de intermediación.

c) Complejos turísticos.

d) Empresas de restauración.

e) Empresas de turismo activo.

f) Cualesquiera otras que presten servicios turísticos y que se clasifiquen reglamentariamente como tales.

Norma publicada: 26 de julio de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 33

¿Qué dice el Artículo 33 del codigo?

Clases de empresas turísticas. Las empresas turísticas pueden ser: a) Empresas de alojamiento turístico. b) Empresas de intermediación. c) Complejos turísticos. d) Empresas de restauración. e)…

¿El Artículo 33 del codigo está vigente?

El artículo 33 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 33 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 33?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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