Resumen del Artículo 22

Artículo 22 del Decreto Legislativo 1/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Turismo de Aragón. (codigo) — Deberes. Son deberes de los turistas los siguientes: a) Observar las normas de convivencia social e higiene para la adecuada utilización de los establecimientos turísticos. b) Respetar los reglamentos de uso o régimen interior de los establecimientos turísticos. c) Efectuar el…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 22

Son deberes de los turistas los siguientes:

a) Observar las normas de convivencia social e higiene para la adecuada utilización de los establecimientos turísticos.

b) Respetar los reglamentos de uso o régimen interior de los establecimientos turísticos.

c) Efectuar el pago de los servicios prestados en el momento de la presentación de la factura o, en su caso, en el tiempo y lugar convenido, sin que el hecho de presentar una reclamación o queja exima del citado pago.

d) Respetar el patrimonio natural y cultural de Aragón.

Norma publicada: 26 de julio de 2016

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 22

¿Qué dice el Artículo 22 del codigo?

Deberes. Son deberes de los turistas los siguientes: a) Observar las normas de convivencia social e higiene para la adecuada utilización de los establecimientos turísticos. b) Respetar los…

¿El Artículo 22 del codigo está vigente?

El artículo 22 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 22 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 22?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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