Artículo Disposición adicional sextaDisposición adicional sexta
Disposición adicional sexta. Subvenciones para adaptación y elaboración de planes generales y otros instrumentos.
El Departamento competente en materia de urbanismo elaborará una línea especial de ayudas técnicas y económicas a los municipios para adaptar sus planes generales, normas subsidiarias municipales o delimitaciones del suelo urbano a las exigencias establecidas en esta Ley para los planes generales, teniendo en cuenta el tamaño y la capacidad de los municipios.
Norma publicada: 8 de julio de 2014