Resumen del Artículo Vigésimo tercera

Artículo Vigésimo tercera del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. (codigo) — Vigésimo tercera. Aplicación inmediata. Las normas contenidas en el Libro Cuarto son aplicables de inmediato, desde el 1 de enero de 2011, fecha de entrada en vigor de la Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho civil patrimonial, a todas las situaciones contempladas en él.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Vigésimo terceraVigésimo tercera

Vigésimo tercera. Aplicación inmediata.

Las normas contenidas en el Libro Cuarto son aplicables de inmediato, desde el 1 de enero de 2011, fecha de entrada en vigor de la Ley 8/2010, de 2 de diciembre, de Derecho civil patrimonial, a todas las situaciones contempladas en él.

Norma publicada: 22 de marzo de 2011

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Vigésimo tercera

¿Qué dice el Artículo Vigésimo tercera del codigo?

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¿El Artículo Vigésimo tercera del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo Vigésimo tercera dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO CUARTO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Vigésimo tercera?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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