Resumen del Artículo Vigésima

Artículo Vigésima del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. (codigo) — Vigésima. Modificación o revocación de actos y disposiciones por causa de muerte. Las normas del presente Código sobre modificación o revocación de los actos por causa de muerte o de cualquiera de las disposiciones contenidas en ellos son aplicables desde el 23 de abril de 1999…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo VigésimaVigésima

Vigésima. Modificación o revocación de actos y disposiciones por causa de muerte.

Las normas del presente Código sobre modificación o revocación de los actos por causa de muerte o de cualquiera de las disposiciones contenidas en ellos son aplicables desde el 23 de abril de 1999 aunque los actos que se modifican o revocan se hubieran otorgado con anterioridad.

Norma publicada: 22 de marzo de 2011

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Vigésima

¿Qué dice el Artículo Vigésima del codigo?

Vigésima. Modificación o revocación de actos y disposiciones por causa de muerte. Las normas del presente Código sobre modificación o revocación de los actos por causa de muerte o de cualquiera de…

¿El Artículo Vigésima del codigo está vigente?

El artículo Vigésima del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Vigésima dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO CUARTO.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Vigésima?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.