Resumen del Artículo 93

Artículo 93 del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. (codigo) — Extinción. 1. La autoridad familiar se acaba: a) Por la muerte de los titulares o del hijo. b) Por la emancipación o mayoría de edad del hijo. 2. En caso de adopción del hijo se extingue la autoridad de los padres anteriores, salvo si subsisten los vínculos jurídicos con alguno…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 93

1. La autoridad familiar se acaba:

a) Por la muerte de los titulares o del hijo.

b) Por la emancipación o mayoría de edad del hijo.

2. En caso de adopción del hijo se extingue la autoridad de los padres anteriores, salvo si subsisten los vínculos jurídicos con alguno de ellos.

Norma publicada: 22 de marzo de 2011

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 93

¿Qué dice el Artículo 93 del codigo?

Extinción. 1. La autoridad familiar se acaba: a) Por la muerte de los titulares o del hijo. b) Por la emancipación o mayoría de edad del hijo. 2. En caso de adopción del hijo se extingue la autoridad…

¿El Artículo 93 del codigo está vigente?

El artículo 93 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 93 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO II › Sección 5.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 93?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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