Resumen del Artículo 544

Artículo 544 del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. (codigo) — Paso natural del agua pluvial. Los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que naturalmente y sin obra humana descienden de los predios superiores, así como la tierra o piedra que arrastran en su curso, sin que el dueño del predio inferior pueda hacer obras que lo…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 544

Los predios inferiores están sujetos a recibir las aguas que naturalmente y sin obra humana descienden de los predios superiores, así como la tierra o piedra que arrastran en su curso, sin que el dueño del predio inferior pueda hacer obras que lo impidan, ni el del superior, obras que lo agraven.

Norma publicada: 22 de marzo de 2011

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 544

¿Qué dice el Artículo 544 del codigo?

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¿Dónde se ubica el Artículo 544 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO CUARTO › CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 544?

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