Resumen del Artículo 356

Artículo 356 del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. (codigo) — Cargas hereditarias. Entre las cargas hereditarias se incluyen los gastos causados por la última enfermedad del causante, así como los de su funeral y entierro o incineración, los de conservación y defensa de los bienes de la herencia causados en interés común y cualesquiera…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 356

Entre las cargas hereditarias se incluyen los gastos causados por la última enfermedad del causante, así como los de su funeral y entierro o incineración, los de conservación y defensa de los bienes de la herencia causados en interés común y cualesquiera otros de naturaleza análoga.

Norma publicada: 22 de marzo de 2011

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 356

¿Qué dice el Artículo 356 del codigo?

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¿Dónde se ubica el Artículo 356 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: LIBRO TERCERO › CAPÍTULO V.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 356?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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