Artículo 11
Para el cómputo de la edad se incluirá completo el día del nacimiento.
Norma publicada: 22 de marzo de 2011
Resumen del Artículo 11
Artículo 11 del Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba, con el título de «Código del Derecho Foral de Aragón», el Texto Refundido de las Leyes civiles aragonesas. (codigo) — Cómputo de la edad. Para el cómputo de la edad se incluirá completo el día del nacimiento.
Para el cómputo de la edad se incluirá completo el día del nacimiento.
Norma publicada: 22 de marzo de 2011
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Cómputo de la edad. Para el cómputo de la edad se incluirá completo el día del nacimiento.
El artículo 11 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO PRIMERO › CAPÍTULO I › Sección 1.
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