Artículo 25
Los planes de ordenación urbanística municipal clasifican todo el suelo del territorio correspondiente en:
a) Suelo urbano.
b) Suelo no urbanizable.
c) Suelo urbanizable.
Norma publicada: 3 de agosto de 2010
Resumen del Artículo 25
Artículo 25 del Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de urbanismo. (codigo) — Clasificación del suelo. Los planes de ordenación urbanística municipal clasifican todo el suelo del territorio correspondiente en: a) Suelo urbano. b) Suelo no urbanizable. c) Suelo urbanizable.
Los planes de ordenación urbanística municipal clasifican todo el suelo del territorio correspondiente en:
a) Suelo urbano.
b) Suelo no urbanizable.
c) Suelo urbanizable.
Norma publicada: 3 de agosto de 2010
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Clasificación del suelo. Los planes de ordenación urbanística municipal clasifican todo el suelo del territorio correspondiente en: a) Suelo urbano. b) Suelo no urbanizable. c) Suelo urbanizable.
El artículo 25 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.
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