Resumen del Artículo 45 bis

Artículo 45 bis del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo. (codigo) — bis. Compatibilidad urbanística en las autorizaciones y licencias ambientales.

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 45 bis

¿Qué dice el Artículo 45 bis del codigo?

bis. Compatibilidad urbanística en las autorizaciones y licencias ambientales.

¿El Artículo 45 bis del codigo está vigente?

El artículo 45 bis del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 45 bis dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I › Sección 6ª.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 45 bis?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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