Resumen del Artículo 199

Artículo 199 del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo. (codigo) — Obtención de terrenos destinados a dotaciones locales no incluidos en polígonos o unidades de actuación. Los terrenos afectos a dotaciones públicas de carácter local no incluidos en polígonos o unidades de actuación se obtendrán mediante expropiación u ocupación directa.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 199

Los terrenos afectos a dotaciones públicas de carácter local no incluidos en polígonos o unidades de actuación se obtendrán mediante expropiación u ocupación directa.

Norma publicada: 22 de abril de 2004

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 199

¿Qué dice el Artículo 199 del codigo?

Obtención de terrenos destinados a dotaciones locales no incluidos en polígonos o unidades de actuación. Los terrenos afectos a dotaciones públicas de carácter local no incluidos en polígonos o…

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Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 199?

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