Resumen del Artículo Disposición adicional trigésima

Artículo Disposición adicional trigésima del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas (codigo)Disposición adicional trigésima. Reducción del rendimiento neto positivo del capital inmobiliario. Los porcentajes de reducción del 90 por ciento y del 50 por ciento previstos, respectivamente, en el segundo párrafo del artículo 25.2.a) y en el artículo 25.2.b) no serán de…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional trigésimaDisposición adicional trigésima

Disposición adicional trigésima. Reducción del rendimiento neto positivo del capital inmobiliario.

Los porcentajes de reducción del 90 por ciento y del 50 por ciento previstos, respectivamente, en el segundo párrafo del artículo 25.2.a) y en el artículo 25.2.b) no serán de aplicación hasta el periodo impositivo en que estén declaradas y publicadas las zonas de mercado residencial tensionado.

Norma publicada: 2 de junio de 2008

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional trigésima

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