Artículo Disposición adicional primeraDisposición adicional primera
Disposición adicional primera. Actualización de las sanciones pecuniarias.
Las sanciones pecuniarias establecidas en esta ley foral podrán ser actualizadas periódicamente por el Gobierno de Navarra, a propuesta del titular del Departamento competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo.
Norma publicada: 26 de julio de 2017