resolucionVigente

Cuestion de inconstitucionalidad número 6619-2004, en relación con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

BOE-A-2005-1918·7 de febrero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional de España que anuncia la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad número 6619-2004. La cuestión fue planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona. El objeto principal de la cuestión de inconstitucionalidad es la disposición final quinta de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, que modifica el Código Penal. Específicamente, se cuestiona la falta de previsión de la entrada en vigor inmediata del párrafo segundo del apartado centésimo octogésimo quinto del artículo único de la Ley Orgánica 15/2003, que modifica el artículo 636 del Código Penal. Esta modificación, en la práctica, destipifica la conducta de conducir vehículos de motor sin seguro obligatorio. La cuestión de inconstitucionalidad se basa en la posible vulneración de los artículos 9, 24 y 25 de la Constitución Española. Estos artículos garantizan, respectivamente, el principio de legalidad, el derecho a la tutela judicial efectiva y el principio de legalidad penal. A quién afecta: Esta cuestión de inconstitucionalidad afecta potencialmente a todas las personas que hayan sido o puedan ser procesadas por conducir un vehículo sin seguro obligatorio, así como al sistema judicial en su conjunto, ya que la decisión del Tribunal Constitucional podría modificar la aplicación de la ley penal en este ámbito. Si el Tribunal Constitucional declara inconstitucional la disposición cuestionada, podría tener implicaciones retroactivas para los casos pendientes. Disposiciones más relevantes: Disposición final quinta de la Ley Orgánica 15/2003: Es la disposición directamente cuestionada. Disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 15/2003: Se menciona en relación con la falta de previsión de la entrada en vigor inmediata de la modificación del artículo 636 del Código Penal. Artículo 636 del Código Penal (modificado por la Ley Orgánica 15/2003): Es el artículo que regula la conducta de conducir sin seguro obligatorio, cuya destipificación es el centro del debate. Artículos 9, 24 y 25 de la Constitución Española: Son los artículos constitucionales cuya posible vulneración se alega.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6619-2004, planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, en relación con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, en relación con lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la misma Ley, en la medida que no prevé, como regla de derecho transitorio, la inmediata entrada en vigor del párrafo segundo del apartado centésimo octogésimo quinto del artículo único de la mencionada Ley Orgánica 15/2003, por el que se modifica el artículo 636 del Código Penal y, en consecuencia, se destipifica la conducta de conducción de vehículos de motor sin cobertura de seguro obligatorio, por posible vulneración de los arts. 9, 24 y 25 de la Constitución.

Madrid, 18 de enero de 2005.-El Secretario de Justicia.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.