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Cuestion de inconstitucionalidad número 5784-2004, en relación con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

BOE-A-2005-1917·7 de febrero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional de España que anuncia la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad número 5784-2004. El objeto principal de la cuestión de inconstitucionalidad es la disposición final quinta de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, que modifica el Código Penal. La cuestión se centra específicamente en la falta de previsión de la entrada en vigor inmediata del párrafo segundo del apartado centésimo octogésimo quinto del artículo único de la Ley Orgánica 15/2003, que modifica el artículo 636 del Código Penal y, como consecuencia, destipifica la conducción de vehículos sin seguro obligatorio. Esta cuestión de inconstitucionalidad, planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, afecta potencialmente a todas las personas que pudieran ser juzgadas o condenadas por la conducta de conducir sin seguro obligatorio en el período comprendido entre la entrada en vigor de la Ley Orgánica 15/2003 y la posible resolución del Tribunal Constitucional. Las disposiciones más relevantes son: La disposición final quinta de la Ley Orgánica 15/2003: Esta disposición es el objeto directo de la cuestión de inconstitucionalidad. La disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 15/2003: Se menciona en relación con la falta de previsión de la entrada en vigor inmediata de la modificación del artículo 636 del Código Penal. El artículo 636 del Código Penal (modificado por la Ley Orgánica 15/2003): Este artículo, antes de la modificación, tipificaba la conducción sin seguro obligatorio como delito. La modificación, al destipificarla, genera la controversia. Los artículos 9, 24 y 25 de la Constitución Española: Se alega que la falta de entrada en vigor inmediata de la destipificación podría vulnerar estos artículos, que garantizan, respectivamente, la seguridad jurídica, el derecho a la tutela judicial efectiva y el principio de legalidad penal. En resumen, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad que cuestiona la validez de una disposición legal que afecta a la tipificación de la conducción sin seguro obligatorio, alegando posibles vulneraciones de derechos fundamentales. La resolución de esta cuestión podría tener un impacto significativo en los procesos judiciales relacionados con esta conducta.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5784-2004, planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, en relación con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, en relación con lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la misma Ley, en la medida que no prevé, como regla de derecho transitorio, la inmediata entrada en vigor del párrafo segundo del apartado centésimo octogésimo quinto del artículo único de la mencionada Ley Orgánica 15/2003, por el que se modifica el artículo 636 del Código Penal y, en consecuencia, se destipifica la conducta de conducción de vehículos de motor sin cobertura de seguro obligatorio, por posible vulneración de los arts. 9, 24 y 25 de la Constitución.

Madrid, 18 de enero de 2005.-El Secretario de Justicia.

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