El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 929-2014 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 4 de Alicante, en el procedimiento ordinario núm. 1 c) LOTC deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 829-2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.