resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad nº 776-2010, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, en la redacción dada al mismo por la Ley 15/2005, de 8 de julio.

BOE-A-2010-8904·4 de junio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad nº 776-2010, planteada por la Audiencia Provincial de Navarra, sobre el artículo 92.8 del Código Civil (Ley 15/2005) por posible vulneración de varios artículos de la Constitución. Afecta a las partes del recurso de apelación civil núm. 193/2008, quienes pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en un plazo de quince días desde la publicación de este edicto en el BOE. El caso se ha remitido a la Sala Primera del Tribunal Constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 776-2010 planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, en el recurso de apelación civil núm. c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, recurso de apelación civil núm.

193/2008, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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