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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 5907-2017, en relación con el artículo 9.a de la Ley 9/2008, de 4 de diciembre, de Castilla-La Mancha, de medidas en materia de tributos cedidos, por posible vulneración de los artículos 14 y 31.1 de la CE.

BOE-A-2018-552·17 de enero de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 9.a de la Ley 9/2008 de Castilla-La Mancha, que versa sobre tributos cedidos. La posible inconstitucionalidad se basa en la vulneración de los artículos 14 y 31.1 de la Constitución Española. Afecta a las partes del procedimiento ordinario núm. 347-2016, quienes tienen 15 días para personarse ante el Tribunal Constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de enero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad núm. 5907-2017 planteada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el procedimiento ordinario núm. 1 c) LOTC, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario núm. 347-2016, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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