ª Instancia número 5 de Cáceres, en el procedimiento de modificación de medidas definitivas núm. 8 del Código Civil, en la redacción dada por Ley 15/2005, de 8 de julio, por posible vulneración de los arts. c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento de modificación de medidas definitivas núm. 796/2009, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.