El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de noviembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5728-2011 planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el procedimiento ordinario 1200/1998 y acumulado 1914/1998, en relación con el art. 2 de la Ley de Cantabria 2/2011, de 4 de abril, por la que se modifica la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y del Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, a la que se añade una nueva disposición adicional sexta, por posible vulneración de los arts. 18 en relación con los arts.
1 c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión. De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento ordinario 1200/1998 y acumulado 1914/1998, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.