El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4935-2013 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, en el recurso de suplicación núm. 773-2010, en relación con el art. 3, párrafo cuarto y quinto de la vigente Ley General de la Seguridad Social por posible vulneración de los arts.
1 c) LOTC, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión. De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de suplicación núm.
773-2010, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.