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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4268-2019, en relación con el artículo 11.3.1.b) segundo párrafo y disposición adicional única que regula el procedimiento de homologación de la Ley 9/2011, de 29 de marzo, de modificación de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.

BOE-A-2019-15851·6 de noviembre de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un edicto del Tribunal Constitucional que anuncia la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad número 4268-2019. La cuestión fue planteada por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres. El objeto principal de la cuestión de inconstitucionalidad es determinar si el artículo 11.3.1.b) (segundo párrafo) y la disposición adicional única de la Ley 9/2011 de Extremadura, que modifica la Ley del Suelo y Ordenación Territorial (Ley 15/2001), son contrarios a la Constitución Española. Específicamente, se cuestiona la constitucionalidad de las normas que regulan el procedimiento de homologación establecido en la Ley 9/2011. Este edicto afecta directamente a las partes del procedimiento ordinario 1285-2011 que se sigue en el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, ya que son los interesados en el resultado de la cuestión de inconstitucionalidad. También afecta, de manera indirecta, a todos aquellos sujetos a la Ley del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, pues la decisión del Tribunal Constitucional podría modificar la forma en que se aplica dicha ley. Las disposiciones más relevantes del edicto son: La admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad. La identificación de las normas legales cuya constitucionalidad se cuestiona (artículo 11.3.1.b) segundo párrafo y disposición adicional única de la Ley 9/2011). El plazo de 15 días, a partir de la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para que las partes del procedimiento ordinario 1285-2011 se personen ante el Tribunal Constitucional. La asignación del conocimiento de la cuestión a la Sala Primera del Tribunal Constitucional. En resumen, el edicto informa sobre la admisión a trámite de una cuestión de inconstitucionalidad que podría afectar la legislación urbanística de Extremadura y otorga a las partes interesadas la oportunidad de participar en el proceso ante el Tribunal Constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 29 de octubre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4268-2019 planteada por la Sección 1.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en Cáceres, en el procedimiento 1285-2011, en relación con el artículo 11.3.1.b) segundo párrafo y disposición adicional única que regula el procedimiento de homologación de la Ley 9/2011, de 29 de marzo, de modificación dela Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, deferir a la Sala Primera el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento ordinario 1285-2011, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de octubre de 2019.–La secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.