resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4059-2010, en relación con el apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 25/2006, de 17 de julio.

BOE-A-2010-14522·22 de septiembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un edicto del Tribunal Constitucional de España, específicamente una cuestión de inconstitucionalidad, registrada bajo el número 4059-2010. Objeto principal: El objeto principal de este edicto es informar sobre la admisión a trámite de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. La cuestión se refiere a la posible inconstitucionalidad del apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 25/2006, de 17 de julio. Se alega una posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución Española (CE), que garantiza la seguridad jurídica, la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos y la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales. A quién afecta: Este edicto afecta principalmente a las partes involucradas en el recurso contencioso-administrativo núm. 1679/2007, tramitado ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Les otorga el derecho a personarse ante el Tribunal Constitucional en un plazo de quince días a partir de la publicación del edicto en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Indirectamente, afecta a todos los ciudadanos y entidades que puedan verse afectados por la aplicación de la disposición legal cuya constitucionalidad se cuestiona. Disposiciones relevantes: Admisión a trámite: El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad. Artículo cuestionado: Se cuestiona la constitucionalidad del apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, en la redacción dada por la Ley 25/2006. Fundamento de la cuestión: Se alega una posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución Española. Derecho de personación: Las partes en el recurso original tienen derecho a personarse ante el Tribunal Constitucional en un plazo de quince días. Turno:** El conocimiento de la cuestión se ha deferido a la Sala Segunda del Tribunal Constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4059-2010 planteada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el recurso núm. c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el en el recurso núm.

1679/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.