resolucionVigente

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 3510-2010, en relación con el párrafo primero del apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 25/2006, de 17 de julio.

BOE-A-2010-14521·22 de septiembre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Auto del Tribunal Constitucional que admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. La cuestión se refiere a la posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución por el párrafo primero del apartado segundo de la disposición adicional trigésima cuarta de la Ley 55/1999, en su redacción modificada por la Ley 25/2006. Afecta a las partes del procedimiento judicial núm. 207/2008, quienes pueden personarse ante el Tribunal Constitucional en un plazo de quince días.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de septiembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3510-2010 planteada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso núm. c) LOTC en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, recurso núm.

207/2008, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

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