El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de enero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3508/2008, planteada por el Juzgado de lo Penal núm. 4 de Murcia, en el procedimiento abreviado núm. 183/2007, en relación con los arts.
2 del Código Penal, según la redacción dada por la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, por posible vulneración de los arts. c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión. 2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, procedimiento abreviado núm.
183/2007, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto. –La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.