El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de enero de 2025, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3364-2024, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 2 de Cáceres, en el procedimiento de derechos fundamentales 85-2023, en relación con el inciso final «en las mismas condiciones a las establecidas en el artículo 1» del párrafo primero del artículo 3 del Decreto-ley 2/2018, de 11 de diciembre, de medidas urgentes para el restablecimiento de los derechos del personal al servicio de la Administración de la Junta de Extremadura en las situaciones de incapacidad temporal, y por el que se extienden las mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social a las situaciones de maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia, por posible vulneración de los arts. 1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el art. 2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 85-2023, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado». –El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.