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Corrección de errores y erratas del Real Decreto 515/2020, de 12 de mayo, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios y funciones de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea y su control normativo.

BOE-A-2020-10778·17 de septiembre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores del Real Decreto 515/2020, que regula la certificación de proveedores de servicios de gestión del tránsito aéreo. Afecta a todos los sujetos a los que se aplica el Real Decreto original. Se corrigen errores de redacción y erratas en el preámbulo, artículos 1, 6, 15, y disposiciones adicionales segunda y cuarta del texto original publicado en el BOE.

Advertidos errores y erratas en el Real Decreto 515/2020, de 12 de mayo, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios y funciones de gestión del tránsito aéreo y de navegación aérea y su control normativo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 134, de 13 de mayo de 2020, se procede a su rectificación:

En la página 32270, en el preámbulo, párrafo quinto, en la décima línea, donde dice: «… aprobado por Real Decreto 601/2016, de 2 de diciembre, y el Real Decreto 931/2010, de 23 de julio, por el que se regula el procedimiento de certificación de proveedores civiles de servicios de navegación aérea y su control normativo. Mediante esta modificación se prórroga…», debe decir: «… aprobado por Real Decreto 601/2016, de 2 de diciembre. Mediante esta modificación se prorroga…».

En la página 32271, artículo 1, en la línea novena, donde dice: «… funciones de gestión de tránsito aéreo…», debe decir: «… funciones de gestión del tránsito aéreo…».

En la página 32273, artículo 6, en la línea tercera, donde dice: «… y en lo no previsto en el, a lo establecido…», debe decir: «… y en lo no previsto en él, a lo establecido…».

En la página 32276, artículo 15, apartado 2, párrafo segundo, en la línea cuarta, donde dice: «… adoptados por la Agencia Europea…», debe decir «… adoptados por la Agencia de la Unión Europea…».

En la página 32277, disposición adicional segunda, apartado 4, letra b), en la última línea, donde dice: «… requisitos en el contenidos.», debe decir: «… requisitos en él contenidos.».

En la página 32278, disposición adicional cuarta, primer párrafo, en la línea sexta, donde dice: «… entre Defensa y Transportes. Movilidad y Agenda Urbana…», debe decir: «… entre Defensa y Transportes, Movilidad y Agenda Urbana…».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.