resolucionVigente

Corrección de errores y erratas de la Resolución de 7 de febrero de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2005 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

BOE-A-2005-3770·8 de marzo de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores publicada en el Boletín Oficial del Estado. Su objeto principal es rectificar errores y erratas detectados en la Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del 7 de febrero de 2005. Dicha resolución original daba publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal resultantes de aplicar el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a personas en accidentes de circulación durante el año 2005. Esta corrección afecta a todas las personas y entidades que utilicen la Resolución del 7 de febrero de 2005 para el cálculo de indemnizaciones por accidentes de tráfico ocurridos durante el año 2005, incluyendo aseguradoras, abogados, jueces, peritos y las propias víctimas de accidentes. Las disposiciones más relevantes de esta corrección son: Corrección del título de la Resolución: Se rectifica una errata en el título de la Resolución original, sustituyendo la palabra "aplicación" por "aplicar". Supresión de una fila errónea en la Tabla III: Se elimina una fila de datos incorrecta en la Tabla III de la Resolución original, la cual contenía valores numéricos que no correspondían al cálculo de las indemnizaciones. Esta tabla es crucial para determinar las indemnizaciones por lesiones permanentes. En resumen, esta corrección busca garantizar la precisión y correcta aplicación de la tabla de indemnizaciones por accidentes de tráfico correspondiente al año 2005, eliminando errores que podrían llevar a cálculos incorrectos y, por ende, a indemnizaciones injustas.

Advertidos errores y erratas en el texto de la Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2005 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 42, de fecha 18 de febrero de 2005, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 5902, el título que dice: «Resolución de 7 de febrero de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicación durante 2005, el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.», debe decir: «Resolución de 7 de febrero de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2005 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.»

En la página 5906, en la que figuran las cuatro últimas filas de la Tabla III, debe suprimirse la fila que las antecede, que dice:

690,35

639,12

587,88

541,20

484,40

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.