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Corrección de errores en la Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023.

BOE-A-2023-11103·11 de mayo de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores a la Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el año 2023, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El objeto principal de esta corrección es subsanar una imprecisión en el artículo 36, apartado 4, de la ley original. Específicamente, se corrige una frase que afectaba los requisitos de titulación académica para policías interinos en municipios que ya contaban con ellos antes de la entrada en vigor de la ley. Esta corrección afecta directamente a los municipios que, antes de la entrada en vigor de la Ley 3/2023, tenían policías con nombramiento interino. También afecta indirectamente a los policías interinos que aspiran a consolidar su puesto a través del procedimiento de concurso-oposición. La disposición más relevante es la siguiente: Corrección del Artículo 36.4: Se rectifica la redacción original que eximía a los policías interinos de la titulación académica requerida para el subgrupo C2. La nueva redacción establece que sí se les exige** dicha titulación para poder participar en el procedimiento de concurso-oposición durante los dos años posteriores a la entrada en vigor de la ley. En resumen, la corrección clarifica y refuerza el requisito de titulación académica para los policías interinos que buscan obtener una plaza fija a través del proceso de concurso-oposición, eliminando una posible interpretación errónea de la ley original.

Habiéndose detectado un error en la versión en castellano de la Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023, publicada en el BOE número 102, de 29 de abril de 2023, procede realizar las siguientes correcciones:

En el artículo 36, apartado 4, donde dice:

«Los municipios que antes de la entrada en vigor de esta ley tengan policías con nombramiento interino pueden hacer uso durante los dos años posteriores a la entrada en vigor de la ley del procedimiento de concurso oposición y son eximidos de tener la titulación académica requerida para el subgrupo C2.»

Debe decir:

«Los municipios que antes de la entrada en vigor de esta ley tengan policías con nombramiento interino pueden hacer uso durante los dos años posteriores a la entrada en vigor de la ley del procedimiento de concurso oposición y se les exige la titulación académica requerida para el subgrupo C2.»

(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 8891, de 6 de abril de 2023)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.