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Corrección de errores en el Decreto-ley 28/2021, de 21 de diciembre, de modificación del libro quinto del Código civil de Cataluña, con el fin de incorporar la regulación de las instalaciones para la mejora de la eficiencia energética o hídrica y de los sistemas de energías renovables en los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal, y de modificación del Decreto-ley 10/2020, de 27 de marzo, por el que se establecen nuevas medidas extraordinarias para hacer frente al impacto sanitario, económico y social de la COVID-19 en el ámbito de las personas jurídicas de derecho privado sujetas a las disposiciones del derecho civil catalán.

BOE-A-2022-2982·25 de febrero de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Decreto-ley 28/2021, de 21 de diciembre, de la Generalitat de Cataluña. Su objeto principal es subsanar errores detectados en el texto original del Decreto-ley, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A quién afecta: Afecta principalmente a aquellos que consultan y aplican el Decreto-ley 28/2021, incluyendo propietarios de inmuebles en régimen de propiedad horizontal en Cataluña, administradores de fincas, abogados, jueces y otros profesionales del sector inmobiliario y legal. En general, afecta a todas las personas jurídicas de derecho privado sujetas a las disposiciones del derecho civil catalán. Disposiciones más relevantes: Corrección del título: Se corrige una errata gramatical en el título del Decreto-ley. Corrección en la exposición de motivos: Se corrige la referencia al número de artículos del Código Civil de Cataluña que son modificados por el Decreto-ley. Originalmente se mencionaban cinco artículos, pero la corrección indica que son seis, incluyendo el artículo 553-42 (uso y disfrute de los elementos comunes). En resumen, la corrección de errores busca asegurar la precisión y claridad del Decreto-ley 28/2021, garantizando que la interpretación y aplicación de la normativa se basen en un texto correcto y completo. La corrección es importante porque afecta a la forma en que se toman decisiones sobre mejoras de eficiencia energética e hídrica y la instalación de energías renovables en edificios en propiedad horizontal en Cataluña.

Habiendo observado varias erratas en el texto del citado Decreto-ley, publicado en el BOE núm. 44, de 21 de febrero de 2022, se detalla su oportuna corrección:

En el título, donde dice: «… en el ámbito de las personas jurídicas de derecho privado sujetos a las disposiciones del derecho civil catalán.», debe decir: «… en el ámbito de las personas jurídicas de derecho privado sujetas a las disposiciones del derecho civil catalán.»

En la exposición de motivos (versión en catalán y castellano), apartado II, párrafo primero, donde dice:

«Este Decreto ley tiene por objeto modificar el Código civil de Cataluña respecto a los aspectos relativos a la ejecución de obras para la mejora de la eficiencia energética o hídrica y la instalación de sistemas de energías renovables en los edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal. La reforma abarca cinco artículos: el artículo 553-25 (régimen general de adopción de acuerdos), el artículo 553-26 (adopción de acuerdos por unanimidad y por mayorías cualificadas), el artículo 553-30 (vinculación de los acuerdos), el artículo 553-43 (elementos comunes de uso exclusivo) y el artículo 553-44 (conservación y mantenimiento de los elementos comunes).»

Debe decir:

«Este Decreto ley tiene por objeto modificar el Código civil de Cataluña respecto a los aspectos relativos a la ejecución de obras para la mejora de la eficiencia energética o hídrica y la instalación de sistemas de energías renovables en los edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal. La reforma abarca seis artículos: el artículo 553-25 (régimen general de adopción de acuerdos), el artículo 553-26 (adopción de acuerdos por unanimidad y por mayorías cualificadas), el artículo 553-30 (vinculación de los acuerdos), el artículo 553-42 (uso y disfrute de los elementos comunes), el artículo 553-43 (elementos comunes de uso exclusivo) y el artículo 553-44 (conservación y mantenimiento de los elementos comunes).»

(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 8569A, de 23 de diciembre de 2021)

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.