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Corrección de errores del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.

BOE-A-2021-18396·11 de noviembre de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, que establece medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños y la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma tras las erupciones volcánicas. Objeto Principal: El objeto principal de este documento no es crear nuevas medidas, sino corregir un error específico en el texto original del Real Decreto-ley 20/2021. A quién afecta: Indirectamente, afecta a todos los beneficiarios y entidades involucradas en la aplicación del Real Decreto-ley 20/2021, ya que asegura la correcta interpretación y aplicación de la normativa. Principalmente afecta a aquellos que gestionan o se benefician del programa 456C dentro de las medidas de apoyo. Disposiciones Relevantes: La única disposición relevante es la corrección del número de artículo al que se hace referencia en el artículo 44, apartado 10 del Real Decreto-ley 20/2021. Se corrige la referencia del "artículo 75" al "artículo 76" del programa 456C. Esta corrección, aunque aparentemente menor, es crucial para asegurar la correcta aplicación de las medidas de apoyo y evitar confusiones o interpretaciones erróneas del Real Decreto-ley original. En esencia, este documento garantiza la precisión y la validez legal del Real Decreto-ley 20/2021.

Advertido error en el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 239, de 6 de octubre de 2021, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 122096, en el artículo 44, apartado 10, en la última línea, donde dice: «…artículo 75 del programa 456C.», debe decir: «…artículo 76 del programa 456C.».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.