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Corrección de errores del Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.

BOE-A-2010-15360·8 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, que establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica, sus enseñanzas mínimas y requisitos de acceso. El objeto principal de esta corrección es subsanar errores detectados en el texto original del Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta corrección afecta principalmente a personas interesadas en obtener el título de Técnico Deportivo Superior en hípica, así como a centros educativos, profesorado y tribunales de evaluación involucrados en la impartición y evaluación de estas enseñanzas. Las disposiciones más relevantes de esta corrección son: Corrección en el artículo 14: Se especifica correctamente el título previo necesario para acceder al título de Técnico Deportivo Superior en hípica, sustituyendo "Técnico Deportivo en Hípica" por "Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo." Corrección en el artículo 21: Se modifica la descripción de las funciones de la Secretaría del tribunal de evaluación, reemplazándola por una referencia a la Ley 30/1992, que regula el funcionamiento de los órganos colegiados de la Administración Pública. Esto implica que el tribunal, como órgano colegiado, debe regirse por las normas generales de funcionamiento establecidas en dicha ley. Corrección en el artículo 23:** Se aclara el ámbito de aplicación de los requisitos de titulación del profesorado, especificando que se refiere a centros privados y centros de titularidad pública de Administraciones distintas a la educativa, y no a centros públicos en general. En resumen, esta corrección de errores busca precisar y clarificar aspectos específicos del Real Decreto original, garantizando una correcta interpretación y aplicación de la normativa relacionada con el título de Técnico Deportivo Superior en hípica.

Advertidos errores en el Real Decreto 934/2010, de 23 de julio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en hípica, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 211, de 31 de agosto de 2010, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 75373, en el artículo 14, 2.ª y 3.ª líneas, donde dice «Técnico Deportivo en Hípica.», debe decir: «Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo.»

En la página 75375, en el artículo 21, apartado 2, donde dice «La función de la Secretaría será la de levantar acta del desarrollo de las pruebas, certificando que el desarrollo se atiene a lo establecido en la descripción de las mismas. También realizará las funciones de la Presidencia en su ausencia.», debe decir «El tribunal, como órgano colegiado, se regirá por lo establecido en el título II, capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.».

En la página 75375, en el artículo 23, en el título, donde dice «Los requisitos de titulación del profesorado en centros privados y públicos no dependientes de la Administración educativa.», debe decir «Los requisitos de titulación del profesorado en centros privados y de titularidad pública de Administraciones distintas a la educativa.»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.