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Corrección de errores del Real Decreto 202/2024, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria.

BOE-A-2024-7906·20 de abril de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Real Decreto 202/2024, de 27 de febrero, que aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). El objeto principal de este documento es rectificar errores detectados en la publicación original del Estatuto del FEGA en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No introduce cambios sustanciales en la normativa, sino que corrige imprecisiones en las referencias a artículos y párrafos dentro del Estatuto. A quién afecta: Indirectamente, afecta a todos los agentes relacionados con el FEGA, incluyendo agricultores, ganaderos, organizaciones agrarias, administraciones públicas y cualquier entidad que interactúe con el Fondo Español de Garantía Agraria. La corrección asegura la correcta interpretación y aplicación del Estatuto. Disposiciones más relevantes: El documento se limita a enumerar y corregir errores específicos en la numeración y referencias a artículos y párrafos dentro del texto original del Real Decreto 202/2024. Las correcciones se centran en: Modificaciones en las referencias a las funciones del FEGA descritas en el artículo 3, tanto en sus apartados como en sus párrafos. Correcciones en la asignación de funciones a diferentes unidades dentro del FEGA, eliminando referencias incorrectas y asegurando la correcta distribución de responsabilidades. Eliminación de un apartado completo (2.º de la letra f) en la página 36085) que contenía una referencia errónea. En resumen, este documento es una herramienta técnica para asegurar la precisión y claridad del Estatuto del FEGA, facilitando su correcta aplicación y evitando interpretaciones erróneas.

Advertidos errores en el Real Decreto 202/2024, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Fondo Español de Garantía Agraria, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 77, de 28 de marzo de 2024, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 36083, apartado 2.º, en el primer párrafo, donde dice: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.4, párrafos a), b), d) y e)…», debe decir: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.4, párrafos a), c) y d)…».

En la página 36084, apartado 2.º, en el primer párrafo, donde dice: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.4, párrafos a), c) y e)…», debe decir: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.4, párrafos b) y d)…».

En la página 36084, letra c), en el apartado 1.º, donde dice: «1.º El ejercicio de las funciones a que se refiere los artículos 3.1, párrafo h), 7.º y 11.º y 3.2, párrafos a) y b)…», debe decir: «1.º El ejercicio de las funciones a que se refiere los artículos 3.1, párrafo h) y 3.2, párrafos a) y b)…»; y en el apartado 2.º, donde dice: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.4, párrafos a), d) y e)…», debe decir: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.4, párrafos c) y d)…».

En la página 36084, letra d), en el apartado 1.º, donde dice: «1.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.1, párrafos a), e), g) y h) 5.º, 6.º, 7.º, 8.º, 9.º, 10.º y 11.º, en especial, las siguientes…», debe decir: «1.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.1, párrafos a), e), g) y h), en especial, las siguientes…»; y en el apartado 2.º, donde dice: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.4, párrafos a), d) y e)…», debe decir: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.4, párrafos c) y d)…».

En la página 36085, letra e), en el apartado 1.º, donde dice: «1.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.1, párrafos a), e), g) y h) 1.º, 2.º, 3.º, 4.º, 6.º, 7.º, 8.º, 9.º, 10.º y 11.º, en especial, las siguientes…», debe decir: «1.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.1, párrafos a), e), g) y h), en especial, las siguientes…»; y en el apartado 2.º, donde dice: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3, apartados 3, 4.a), 4.d) y 4.e)…», debe decir: «2.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3, apartados 3, 4.c) y 4.d)…».

En la página 36085, letra f), se elimina el apartado 2.º, y en el apartado 1.º, donde dice: «1.º El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.1, párrafos a), b), c), d), f) y h) 6.º», debe decir: «El ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 3.1, párrafos a), b), c), d), f) y h)».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.