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Corrección de errores del Decreto-ley 5/2024, de 24 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de apoyo al sector agrario afectado gravemente por la situación de sequía y se adoptan otras medidas urgentes de carácter económico y administrativo.

BOE-A-2024-13106·29 de junio de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del Decreto-ley 5/2024, de 24 de abril, emitido por la Generalitat de Cataluña. El objeto principal de esta corrección es subsanar errores detectados en la versión original del Decreto-ley, que establece medidas extraordinarias y urgentes de apoyo al sector agrario afectado por la sequía, así como otras medidas económicas y administrativas. La corrección afecta directamente a agricultores y ganaderos del sector agrario catalán que se benefician de las ayudas y medidas establecidas en el Decreto-ley 5/2024. También afecta a los órganos competentes del DACC (Departament d'Acció Climàtica, Alimentació i Agenda Rural) encargados de la gestión y tramitación de estas ayudas. Las disposiciones más relevantes de la corrección son: Corrección del título: Se corrige una errata en el título del Decreto-ley, asegurando la correcta denominación del mismo. Corrección de referencias cruzadas: Se corrigen referencias incorrectas a artículos dentro del Decreto-ley. Por ejemplo, se corrige la referencia a la incompatibilidad de ayudas, sustituyendo "artículo 1.4.a)" por "artículo 3.3.a)". Corrección del artículo de justificación de ayudas: Se corrige la referencia al artículo al que se refiere la justificación de ayudas, sustituyendo "artículo 3" por "artículo 2". Corrección del artículo de pago de ayudas: Se corrige la referencia a los artículos a los que se refiere el pago de ayudas, sustituyendo "artículos 4, 5 y 6" por "artículos 3, 4 y 5". En resumen, esta corrección de errores tiene como objetivo garantizar la claridad y precisión del Decreto-ley 5/2024, evitando confusiones y asegurando la correcta aplicación de las medidas de apoyo al sector agrario catalán.

Advertidos errores en el Decreto-ley 5/2024, de 24 de abril, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 151, de 22 de junio de 2024, se detalla su oportuna corrección:

En el título, donde dice: «Decreto-ley 5/2024, de 24 de abril, por lo que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de apoyo al sector agrario afectado gravemente por la situación de sequía y se adoptan otras medidas de carácter económico y administrativo.», debe decir: «Decreto-ley 5/2024, de 24 de abril, por lo que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de apoyo al sector agrario afectado gravemente por la situación de sequía y se adoptan otras medidas urgentes de carácter económico y administrativo».

En la letra a), apartado 3 del artículo 4, donde dice: «La ayuda para estas superficies es incompatible con la ayuda establecida en el artículo 1.4.a).», debe decir: «La ayuda para estas superficies es incompatible con la ayuda establecida en el artículo 3.3.a)».

En el apartado 1 del artículo 10, donde dice: «10.1 La modalidad de justificación de las ayudas del artículo 3 es la de cuenta justificativa con la presentación de justificantes de gasto.», debe decir: «10.1 La modalidad de justificación de las ayudas del artículo 2 es la de cuenta justificativa con la presentación de justificantes de gasto».

En el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 10, donde dice: «En el caso de las ayudas de los artículos 4, 5 y 6, el pago de la ayuda se efectuará una vez que los órganos competentes del DACC hayan comprobado el cumplimiento de los requisitos para acceder a las ayudas, de acuerdo con la documentación aportada con la solicitud, y la información disponible en las bases de datos y registros o visitas a campo cuando sea necesario.», debe decir: «En el caso de las ayudas de los artículos 3, 4 y 5, el pago de la ayuda se efectuará una vez que los órganos competentes del DACC hayan comprobado el cumplimiento de los requisitos para acceder a las ayudas, de acuerdo con la documentación aportada con la solicitud, y la información disponible en las bases de datos y registros o visitas a campo cuando sea necesario».

(Publicadas en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 9174 de 31 de mayo y número 9159, de 9 de mayo de 2024).

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.