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Corrección de errores del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de misiones diplomáticas y oficinas consulares, hecho en Madrid el 23 de febrero de 2010.

BOE-A-2011-10455·16 de junio de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores del "Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de misiones diplomáticas y oficinas consulares", firmado en Madrid el 23 de febrero de 2010. El objeto principal de esta corrección es subsanar imprecisiones y omisiones detectadas en el texto original del Acuerdo, publicado en el Boletín Oficial del Estado. Estas correcciones buscan asegurar la correcta interpretación y aplicación del Acuerdo. El Acuerdo, y por ende esta corrección, afecta directamente a los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las misiones diplomáticas y oficinas consulares de España en Serbia y de Serbia en España. También afecta indirectamente a los gobiernos de ambos países, responsables de la implementación del acuerdo. Las disposiciones más relevantes de esta corrección son: Aclaración de la denominación de las oficinas consulares: Se especifica que se refiere a las "Oficinas Consulares del Reino de España en la República de Serbia y de la República de Serbia en España", eliminando la ambigüedad anterior. Precisión sobre la nacionalidad: Se corrige la referencia a "nacionales de España y Serbia" por "nacionales del Reino de España y de la República de Serbia". Corrección de la numeración de artículos: Se indica que el artículo 3 carecía de numeración en el documento original. Ampliación del título del artículo 5: Se añade "y Administrativa" al título del artículo 5, que ahora se refiere a la "Inmunidad de jurisdicción civil y Administrativa". Aclaración sobre la residencia: Se corrige la referencia a la residencia en "España o Serbia" por "... el Reino de España o la República de Serbia". Corrección de la denominación del acuerdo: Se corrige la referencia al "Convenio" por "Acuerdo". Inclusión de la cláusula final:** Se indica que faltaba la frase de cierre "En fe de lo cual, los abajo firmantes firman el presente Acuerdo". En resumen, esta corrección de errores busca perfeccionar el texto del Acuerdo original para evitar confusiones y garantizar su correcta aplicación, beneficiando a los familiares dependientes del personal diplomático y consular de ambos países.

Advertidos errores en el texto del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Serbia sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de misiones diplomáticas y oficinas consulares, hecho en Madrid el 23 de febrero de 2010, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 129, de fecha 31 de mayo de 2011, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la pág. 53519, en el contenido del artículo 1, segundo párrafo, donde dice: «Oficinas Consulares de España en Serbia y de Serbia en España...», debe decir: «Oficinas Consulares del Reino de España en la República de Serbia y de la República de Serbia en España...».

En el párrafo 7 del mismo artículo, donde dice: «… de nacionales de España y Serbia», debe decir: «… nacionales del Reino de España y de la República de Serbia».

Artículo 3. Actividades laborales. En el original firmado no consta numeración.

Artículo 5, en el título, donde dice: «Inmunidad de jurisdicción civil», debe decir: «Inmunidad de jurisdicción civil y Administrativa».

En el artículo 9, en el sexto párrafo, donde dice: «su residencia en España o Serbia», debe decir: «... el Reino de España o la República de Serbia».

En el artículo 13, primer párrafo, donde dice: «El presente Convenio...», debe decir: «El presente Acuerdo...».

Dentro del mismo artículo, no consta el punto: «En fe de lo cual, los abajo firmantes firman el presente Acuerdo».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.