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Corrección de errores de Real Decreto-ley 4/2010, de 26 de marzo, de racionalización del gasto farmacéutico con cargo al Sistema Nacional de Salud.

BOE-A-2010-5941·14 de abril de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores del Real Decreto-ley 4/2010 sobre racionalización del gasto farmacéutico. Afecta a distribuidores y oficinas de farmacia. Se rectifica la redacción relativa a los descuentos permitidos por pronto pago o volumen de compras, especificando los límites máximos aplicables a medicamentos financiados y genéricos.

Advertido error en el Real Decreto-ley 4/2010, de 26 de marzo, de racionalización del gasto farmacéutico con cargo al Sistema Nacional de Salud, publicado en el «Boletín Oficial de Estado» número 75, de 27 de marzo de 2010, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 28995, en su párrafo primero, donde dice: «Se exceptúan de la anterior prohibición los descuentos por pronto pago o por volumen de compras, que realicen los distribuidores a las oficinas de farmacia hasta un máximo de un 5% para los medicamentos financiados con cargo al Sistema Nacional de Salud, ampliable hasta un 10% en el caso de medicamentos genéricos, siempre que no se incentive la compra de un producto frente al de sus competidores y queden reflejados en la correspondiente factura», debe decir: «Se exceptúan de la anterior prohibición los descuentos por pronto pago o por volumen de compras, que realicen los distribuidores a las oficinas de farmacia. Estos podrán alcanzar hasta un máximo de un 5% para los medicamentos financiados con cargo al Sistema Nacional de Salud, ampliable hasta un 10% en el caso de medicamentos genéricos, siempre que no se incentive la compra de un producto frente al de sus competidores y queden reflejados en la correspondiente factura».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.