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Corrección de errores de la Resolución de 5 de junio de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora titular del Registro de la Propiedad de Algemesí (Valencia), por la que suspende la inscripción de una escritura en la que, previa rectificación de superficie y lindes de un solar, se declara la rehabilitación del edificio existente sobre la misma y se procede a su constitución en régimen de propiedad horizontal.

BOE-A-2020-11652·2 de octubre de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Corrección de errores de la Resolución de 5 de junio de 2020 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, relativa a un recurso contra la denegación de inscripción por la registradora de la Propiedad de Algemesí de una escritura de rectificación de superficie y constitución en propiedad horizontal. La corrección afecta a la publicación en el BOE de dicha resolución, rectificando la fecha errónea que aparecía tanto en el encabezado como en la rúbrica, sustituyendo "5 de abril de 2020" por "5 de junio de 2020".

Advertidos errores en la Resolución de 5 de junio de 2020 (5.ª), de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, del recurso interpuesto por don Luis Alberto Lorente Villar, Notario de Algemesí (Valencia), contra la nota de calificación extendida por la registradora titular del Registro de la Propiedad de Algemesí (Valencia), doña María Lorena Santamaría Ara, por la que suspende la inscripción de una escritura en la que, previa rectificación de superficie y lindes de un solar, se declara la rehabilitación del edificio existente sobre la misma y se procede a su constitución en régimen de propiedad horizontal, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de 30 de julio de 2020, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En la página 60279, enunciado, donde dice: «Resolución de 5 de abril de 2020», debe decir «Resolución de 5 de junio de 2020», y en la página 60286, rúbrica, donde dice «Madrid, 5 de abril de 2020.–», debe decir «Madrid, 5 de junio de 2020.–».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.