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Corrección de errores de la Resolución de 20 de diciembre de 2012, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo general de colaboración con la Comunidad Foral de Navarra.

BOE-A-2013-554·21 de enero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) referente a la Resolución de la Secretaría General Técnica del 20 de diciembre de 2012, que a su vez publicaba el Protocolo general de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Comunidad Foral de Navarra, suscrito el 18 de diciembre de 2012. Objeto principal: El objeto principal de este documento es rectificar errores detectados en el texto del Protocolo de colaboración original, específicamente en el apartado "acuerdan" del Anexo de la Resolución inicial. A quién afecta: Afecta principalmente al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a la Comunidad Foral de Navarra, y a cualquier persona o entidad que consulte o se rija por el Protocolo general de colaboración entre ambas instituciones. En particular, afecta a la interpretación y aplicación de las disposiciones relativas a la Oficina del Gobierno Foral de Navarra en Bruselas. Disposiciones más relevantes: Corrección del lugar de instalación: Se corrige la ubicación de la Oficina del Gobierno Foral de Navarra en Bruselas, especificando que se instalará en los locales de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea, en lugar de en los locales de las Misiones Diplomáticas de España en general. Dependencia orgánica y funcional: Se mantiene la aclaración de que, a pesar de su ubicación física, la Oficina del Gobierno Foral de Navarra en Bruselas depende orgánica y funcionalmente del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo del Gobierno Foral. Exclusión del Convenio de Viena: Se reitera que al personal y los medios materiales de la Oficina no les serán de aplicación las disposiciones relativas a los miembros del personal y a los medios de las misiones diplomáticas previstas en el Convenio de Viena de Relaciones Diplomáticas. Corrección gramatical: Se corrige una errata gramatical en el tercer punto, cambiando "dependerá" por "depende". En resumen, la corrección busca precisar y clarificar el lugar de instalación de la oficina navarra en Bruselas y reafirmar su independencia administrativa del Ministerio de Asuntos Exteriores, manteniendo su dependencia del Gobierno Foral.

Advertido error en el Anexo de la Resolución de 20 de diciembre de 2012, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo general de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación y la Comunidad Foral de Navarra suscrito el 18 de diciembre de 2012, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 4, de 4 de enero de 2013, con el número de referencia 127, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En el anexo, en el que aparece el texto del Protocolo suscrito con la Comunidad Foral de Navarra, en el apartado acuerdan,

Donde dice:

«PRIMERO.–La Oficina del Gobierno Foral de Navarra en Bruselas, así como su red de agentes comerciales en el exterior se instalarán en los locales de las Misiones Diplomáticas de España que se determinen de común acuerdo.»

Debe decir:

«PRIMERO.–La Oficina del Gobierno Foral de Navarra en Bruselas se instalará en los locales de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea que se determinen de común acuerdo.»

Donde dice:

«TERCERO.–Sin perjuicio de su incorporación en los locales de la misión diplomática, la Oficina del Gobierno Foral de Navarra en Bruselas dependerá orgánica y funcionalmente del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por lo que a su personal y a sus medios materiales no les serán de aplicación las disposiciones relativas a los miembros del personal y a los medios de las misiones diplomáticas previstas en el Convenio de Viena de Relaciones Diplomáticas.»

Debe decir:

«TERCERO.–Sin perjuicio de su incorporación en los locales de la misión diplomática, la Oficina del Gobierno Foral de Navarra en Bruselas depende orgánica y funcionalmente del Departamento de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por lo que a su personal y a sus medios materiales no les serán de aplicación las disposiciones relativas a los miembros del personal y a los medios de las misiones diplomáticas previstas en el Convenio de Viena de Relaciones Diplomáticas.»

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.