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Corrección de errores de la Orden TMA/404/2022, de 25 de abril, por la que se regulan aspectos del régimen de certificación de las entidades encargadas del mantenimiento de vehículos ferroviarios, se modifican los datos inscribibles en el Registro Especial Ferroviario del Reglamento del Sector Ferroviario, aprobado por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, y se establece un régimen transitorio de homologación para los centros de mantenimiento de material rodante distinto de vagones de mercancías regulado en la Orden FOM/233/2006, de 31 de enero.

BOE-A-2022-10348·23 de junio de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Orden TMA/404/2022, de 25 de abril. Su objeto principal es rectificar imprecisiones detectadas en la Orden original, que regulaba aspectos del régimen de certificación de entidades encargadas del mantenimiento de vehículos ferroviarios, modificaba datos del Registro Especial Ferroviario y establecía un régimen transitorio de homologación para centros de mantenimiento de material rodante. A quién afecta: Entidades encargadas del mantenimiento de vehículos ferroviarios: Afecta a estas entidades al corregir la normativa que regula su certificación. Administración Ferroviaria: Afecta a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, que es mencionada en la corrección. Operadores ferroviarios y titulares de material rodante: Indirectamente, al incidir en las normas que rigen el mantenimiento de los vehículos. El público en general: Indirectamente, al garantizar la seguridad y el correcto funcionamiento del sistema ferroviario. Disposiciones más relevantes: La corrección se centra en dos puntos específicos: 1. Corrección de referencia normativa: Se corrige una referencia incorrecta al capítulo V del título I, reemplazándola por la referencia correcta al "Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias". Esto asegura la correcta aplicación de la normativa. 2. Corrección de denominación de la Agencia: Se corrige la denominación de la "Agencia Española de Seguridad Ferroviaria" por su nombre correcto, "Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria". Esto asegura la precisión en la identificación de la entidad responsable. En resumen, la corrección de errores busca garantizar la precisión y claridad de la Orden TMA/404/2022, evitando posibles interpretaciones erróneas y asegurando la correcta aplicación de la normativa en el sector ferroviario.

Advertidos errores en la Orden TMA/404/2022, de 25 de abril, por la que se regulan aspectos del régimen de certificación de las entidades encargadas del mantenimiento de vehículos ferroviarios, se modifican los datos inscribibles en el Registro Especial Ferroviario del Reglamento del Sector Ferroviario, aprobado por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, y se establece un régimen transitorio de homologación para los centros de mantenimiento de material rodante distinto de vagones de mercancías regulado en la Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 109, de 7 de mayo, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 64140, preámbulo, primer párrafo, tercera línea, donde dice: «con carácter general, por el capítulo V del título I del a nivel nacional existe a su vez un», debe decir: «con carácter general, por el capítulo V del título I del Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias, a nivel nacional existe a su vez un».

En la página 64141, preámbulo, tercer párrafo, décimo octava línea, donde dice: «Agencia Española de Seguridad Ferroviaria», debe decir: «Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.