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Corrección de errores de la Orden ITC/1732/2010, de 28 de junio, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de julio de 2010 las tarifas y primas de determinadas instalaciones de régimen especial.

BOE-A-2010-12973·11 de agosto de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Corrección de Errores de la Orden ITC/1732/2010, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de junio de 2010. Objeto principal: El objeto principal es corregir errores detectados en la Orden ITC/1732/2010, que revisaba los peajes de acceso a partir del 1 de julio de 2010 y las tarifas y primas de ciertas instalaciones de régimen especial. La corrección busca asegurar la precisión y correcta interpretación de la normativa original. A quién afecta: Afecta a todos los agentes involucrados en el sector eléctrico, incluyendo: Consumidores: Indirectamente, ya que los peajes de acceso influyen en el precio final de la electricidad. Distribuidores y transportistas de energía eléctrica: Directamente, ya que la Orden original establece los peajes que deben aplicar. Productores de energía de régimen especial: Directamente, ya que la Orden original establece sus tarifas y primas. Operador del sistema: Directamente, ya que debe liquidar los costes según la normativa. Disposiciones más relevantes: La corrección se centra en dos puntos específicos: 1. Corrección en la eliminación de un apartado del artículo 12: Se aclara que se elimina el apartado 4 del artículo 12, y no todo el artículo como se indicaba erróneamente. 2. Aclaración sobre el coste del servicio de interrumpibilidad: Se especifica que el coste del servicio de interrumpibilidad es un coste liquidable según el Real Decreto 2017/1997, y se detalla que su liquidación por el operador del sistema se realizará de forma similar al mecanismo de liquidación del coste de la actividad de transporte. En resumen, este documento es una aclaración técnica que busca corregir imprecisiones en una orden ministerial previa, garantizando la correcta aplicación de la normativa en el sector eléctrico.

Advertidos errores en la Orden ITC/1732/2010, de 28 de junio, por la que se revisan los peajes de acceso a partir de 1 de julio de 2010 y las tarifas y primas de determinadas instalaciones de régimen especial, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 158, de 30 de junio de 2010, se procede a efectuar las siguientes correcciones:

Primera.–En la página 57326, apartado Siete, donde dice: «Siete. Se elimina el apartado del artículo 12», debe decir: «Siete. Se elimina el apartado 4 del artículo 12».

Segunda.–En la página 57327, último párrafo, donde dice: «… establecido en los apartados siguientes», debe decir: «… establecido en los apartados siguientes.

El coste del servicio de interrumpibilidad es un coste liquidable a efectos de lo previsto en el Real Decreto 2017/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el procedimiento de liquidación de los costes de transporte, distribución y comercialización a tarifa, de los costes permanentes del sistema y de los costes de diversificación y seguridad de abastecimiento. La liquidación de este coste por el operador del sistema en el procedimiento de liquidación de costes regulados se llevará a cabo de igual forma que el mecanismo de liquidación del coste de la actividad de transporte».

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.